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Diferencias entre traducción jurada y traducción jurídica

El Libro rojo de Cálamo y Cran
En traducción solemos hartarnos para diferenciar entre traducción «jurada» y «jurídica». Nombran dos cosas distintas: una es una atribución oficial y, la otra, abarca una especialidad. Distinguirlas evita pagar por un servicio que no se necesita y, si traduces, te ayuda a elegir especialización con criterio.

La traducción jurídica traduce textos de contenido legal (contratos, sentencias, escrituras) y no exige ningún título oficial. La traducción jurada es una traducción certificada con el sello y la firma de un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, y puede aplicarse a cualquier tipo de documento.

¿Qué es la traducción jurídica?

La traducción jurídica es la traducción de textos de contenido legal: contratos, sentencias, escrituras, poderes, estatutos o demandas. Es una especialidad temática: lo que la define es la materia del texto, no quién firma la traducción.

Traducir derecho exige algo más que dominar dos lenguas. Cada país organiza su sistema jurídico a su manera y muchas figuras no tienen un equivalente exacto, así que el traductor jurídico debe conocer las instituciones del derecho de origen y de destino (por ejemplo, el common law anglosajón frente a nuestro derecho civil) para encontrar la equivalencia funcional correcta.

No hay que superar ningún examen oficial para ejercerla, pero sí hace falta una formación sólida en los géneros textuales del mundo del Derecho. Es una de las especialidades mejor remuneradas: los despachos, las notarías y los departamentos legales pagan tarifas por encima de la traducción generalista y repiten cuando encuentran a alguien solvente. Para orientarte sobre las tarifas reales del mercado puedes consultar La Tarifadora.

¿Qué es la traducción jurada?

La traducción jurada es una traducción con carácter oficial: el traductor jurado certifica, con su sello y su firma, que la traducción es fiel y completa respecto del documento original. En España, el título de traductor jurado lo concede el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEC).

Lo que define a la traducción jurada no es el tema del texto, sino su efecto legal. Puede jurarse un certificado de nacimiento, un expediente académico, un informe médico o un contrato: cualquier documento que un organismo exija con garantía oficial de fidelidad.

Sus clientes habituales son particulares con trámites concretos ante administraciones, juzgados o universidades. Por eso es un mercado menos previsible que el de la traducción jurídica: nadie planifica que va a necesitar la traducción jurada de un informe médico para una reclamación a su seguro.

¿En qué se diferencian la traducción jurada y la traducción jurídica?

La traducción jurídica se define por el contenido del texto; la traducción jurada, por su validez oficial. Para la primera no existe título obligatorio; para la segunda, sí: solo puede firmarla un traductor jurado nombrado por el MAEC.

Aspecto Traducción jurídica Traducción jurada
Qué la define La materia del texto (derecho) El carácter oficial de la traducción
Tipo de documentos Contratos, sentencias, escrituras, demandas… Cualquier documento: académico, médico, legal…
Quién puede hacerla Cualquier traductor especializado Solo un traductor jurado nombrado por el MAEC
Requisito oficial Ninguno Examen del MAEC e inscripción en su listado
Sello y firma No se exigen Obligatorios: certifican la fidelidad
Clientes habituales Despachos, empresas, notarías Sobre todo particulares con trámites oficiales
Dónde se presenta Uso privado o profesional Administraciones, juzgados, universidades

 

Ambas pueden coincidir en un mismo encargo: la traducción jurada de una sentencia es, a la vez, jurada y jurídica. Por eso conviene saber qué exige exactamente el destinatario antes de encargar nada.

¿Cuándo necesitas una traducción jurada y cuándo una jurídica?

Necesitas una traducción jurada cuando el destinatario es un organismo que exige carácter oficial; te basta una traducción jurídica cuando el texto es legal pero su uso es privado. La forma más segura de salir de dudas es preguntar al organismo o a la empresa que va a recibir el documento.

Ejemplos que requieren traducción jurada:

  • Homologar un título universitario extranjero.
  • Presentar certificados de nacimiento, matrimonio o antecedentes penales en un trámite de extranjería.
  • Aportar un informe médico a un expediente de un seguro o de una ayuda pública.
  • Presentar documentos en un procedimiento judicial.

Ejemplos que solo requieren traducción jurídica:

  • Un contrato entre dos empresas que negocian en idiomas distintos.
  • Las condiciones generales o la política de privacidad de una web.
  • La documentación legal interna de una multinacional.

¿Cómo se llega a ser traductor jurado en España?

Superando el examen que convoca la Oficina de Interpretación de Lenguas del MAEC. Para presentarse hay que ser mayor de edad, tener un título universitario de grado o equivalente y contar con la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Desde 2020, los títulos de Traductor Jurado y de Intérprete Jurado se conceden por separado.

El examen suele girar en torno a textos jurídicos, porque son los que mejor miden la precisión del traductor. Por eso, quien aspira al título hace bien en formarse antes a fondo en traducción jurídica: es, además de una especialidad con mercado propio, el mejor entrenamiento para las pruebas del Ministerio.

¿Cómo formarse en traducción jurídica y económica?

La vía más completa es un posgrado especializado con práctica real. El Experto en Traducción jurídica y económica de Cálamo & Cran, con título de la UDIMA, recorre en 375 horas (15 créditos ECTS) la traducción jurídica, la económico-financiera y la de contratos, de la mano de Irene Nuviala, doctora en Derecho y profesora de la especialidad. Es una formación en línea y tutorizada, pensada para traducir estos documentos con solvencia profesional.

Si prefieres empezar por una pieza más corta, el curso de Traducción jurídica cubre los fundamentos de la especialidad. Y en nuestra página de cursos de traducción encontrarás el resto de especializaciones.

En definitiva, jurada y jurídica comparten casi todas las letras, pero no significan lo mismo: la jurídica es una especialidad que se aprende; la jurada, un carácter oficial que concede el Ministerio. Saber cuál necesitas —o cuál quieres ejercer— es la primera decisión. La segunda, si el derecho te llama, es formarte con método. En eso podemos ayudarte.

Preguntas frecuentes
¿Una traducción jurada tiene que ser de un texto jurídico?+
No. Puede jurarse cualquier documento: un expediente académico, un certificado médico, unas cuentas anuales. Lo que la convierte en jurada no es el tema, sino el sello y la firma del traductor jurado, que le dan carácter oficial.
¿Quién puede hacer una traducción jurada en España?+
Solo un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación e incluido en su listado oficial. Ningún otro profesional, por experto que sea, puede otorgar carácter oficial a una traducción.
¿«Jurada», «oficial» y «certificada» son lo mismo?+
En España, en la práctica, sí: las tres expresiones suelen referirse a la traducción realizada por un traductor jurado del MAEC. En otros países el sistema cambia, así que conviene comprobar qué exige exactamente el organismo de destino.
¿Hace falta un título oficial para ser traductor jurídico?+
No. La traducción jurídica no exige examen ni nombramiento: es una especialidad abierta a cualquier traductor. Ahora bien, requiere formación específica en derecho comparado y en los géneros textuales jurídicos para ejercerla con garantías.
¿Cuánto cuesta una traducción jurada?+
No hay tarifas oficiales: cada traductor jurado fija las suyas. Lo habitual es presupuestar por documento o por palabra, con un mínimo por encargo, y el precio varía según la combinación de idiomas, el plazo y la complejidad del documento.

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Irene Nuviala

Irene Nuviala

Profesora de Traducción jurídica, económica y contratosDoctora en Derecho y profesora asociada de Inglés para Fines Específicos en la Universidad de Zaragoza. forma parte del directorio de árbitros del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, del cual es colegiada en ejercicio.

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