Fundae, cursos bonificados para trabajadores y empresas

El Libro rojo de Cálamo y Cran

¿Qué es la formación bonificada FUNDAE?

Las empresas con trabajadores asalariados que cotizan por formación profesional pueden y deben programar acciones formativas para mejorar la formación de sus trabajadores. Para hacer frente a estas acciones, las empresas disponen de una cuantía anual (crédito de formación) para bonificarse las formaciones que realicen estos trabajadores.

La gestión de este crédito corre a cargo de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), que es el organismo responsable de autorizar las bonificaciones de las empresas.

Cuando se realiza una formación, las empresas beneficiarias pueden deducirse el gasto que conlleve (en su totalidad o en parte) de sus cotizaciones a la Seguridad Social.

Cálamo&Cran es una entidad formativa, acreditada e inscrita en el registro de entidades de formación del SEPE, que puede realizar los trámites necesarios para que su empresa se bonifique de los cursos impartidos por nosotros a sus trabajadores.

¿Cuáles son los requisitos de Fundae cursos bonificados?

  • Para ser beneficiaria la empresa ha de tener centro o centros de trabajo en el Estado español, cotizar por la contingencia de formación profesional y estar al corriente de pago en el cumplimento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Los destinatarios finales de las acciones formativas han de ser trabajadores asalariados que coticen a la Seguridad Social por el concepto de formación profesional. Los trabajadores autónomos y los funcionarios quedan excluidos.
  • Las acciones formativas pueden ser presenciales u online (o una combinación de estas dos modalidades) y deben tener una duración mínima de 1 hora para ser bonificables.
  • El contenido de la acción formativa tiene que estar relacionado con el puesto de trabajo del alumno.

¿De dónde surge el crédito del que dispone la empresa?

El crédito de formación procede de la parte de cuota de seguros sociales que se ingresa en concepto de formación profesional, a lo largo de un año natural, por cada empresa.

El cálculo del crédito disponible viene dado por dos datos: por un lado, por la cotización que haya realizado en concepto por formación profesional en el año anterior y, por otro, por el número de trabajadores de la empresa:

  • Empresas de 1 a 9 trabajadores: el 100%
  • Empresas de 10 a 49 trabajadores: el 75%
  • Empresas de 50 a 249 trabajadores: el 60%
  • Empresas de 250 o más trabajadores: el 50%
  • Se establece un crédito mínimo de 420 euros para aquellas empresas que coticen por debajo de esta cantidad.
  • Para las empresas de nueva creación y las que abran nuevos centros, se establecerá un crédito medio por trabajador de 65 euros.

¿Cuál es el crédito de mi empresa para los cursos bonificados?

Para consultar el crédito disponible en la plataforma de Fundae, tienes dos opciones:

  1. Hacerlo tu mismo desde https://empresas.fundae.es/Lanzadera Esta tarea puede ser un poco larga y tediosa si no lo has hecho antes, ya que necesitas darte de alta en la aplicación de bonificaciones… pero no desesperes aún, tienes la opción 2 😉
  2. Pregúntanos cuál es tu crédito y te informaremos de forma rápida y gratuita. Solo tienes que pulsas sobre la imagen y llegarás a una nueva página donde dejar tus datos de contacto para que podamos indicarte cuál se el crédito fundae para cursos bonificados para tu empresa
¿Quieres conocer tu crédito disponible en Fundae? Solo has de solicitarnos la información mediante el siguiente formulario que encontrarás al hacer clic aquí

¿Hay algún límite en la bonificación de los cursos?

La cantidad máxima que una empresa puede bonificar viene delimitada por los módulos económicos establecidos por normativa en función del nivel de formación y la modalidad de impartición y, a su vez, multiplicado por el número de horas que componen la acción formativa y el número total de participantes que la realicen:

La fundae facilita esta tabla de coste máximo bonificable por alumno para cursos bonifcados ya sea en modalidad de formación presencial u online

De esta manera, el coste máximo bonificable se calculará así:

Módulo económico x Horas de la formación x Participantes (Alumnos)

¿Cómo y cuándo se hace efectiva la bonificación de la formación?

Cálamo&Cran se encarga de todas las gestiones para que su empresa pueda beneficiarse de la bonificación, ¿cómo lo haríamos?

  1. En primer lugar, realizaríamos la consulta para informarle de la cuantía del crédito del que dispone para formación de sus trabajadores.
  2. Tras la inscripción en alguno de nuestros cursos, realizaría todas las comunicaciones a FUNDAE y gestionaría la documentación exigida por normativa.
  3. Una vez finalizada la formación, enviaríamos el informe de bonificación a la empresa beneficiaria. A partir del mes siguiente, la empresa podrá bonificarse el coste del curso a través de sus cotizaciones a la Seguridad Social. Podrá aplicarse dicha bonificación desde entonces y hasta el boletín de los últimos seguros sociales del año, pero nunca antes de que el curso haya finalizado.
Cofinanciación. ¿No tengo que pagar nada para obtener los cursos bonificados?

La empresa debe abonar directamente la totalidad de la formación a la entidad formadora para poder ser beneficiaria de la bonificación (el trabajador no debe abonar ningún importe) y, una vez finalizada la formación y comunicados todos los datos en la aplicación de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, puede aplicar la bonificación en sus cuotas de la Seguridad Social.

Además, el sistema de formación establece que las empresas han de realizar una pequeña aportación privada, o “esfuerzo inversor”, en función de la plantilla media de su empresa, es decir, no pueden bonificarse el gasto íntegro del curso y tendrán que cofinanciar la formación en estos porcentajes:

  • Empresas de 1 a 5 trabajadores: Exentos de cumplimiento
  • Empresas de 6 a 9 trabajadores: 5% de cofinanciación
  • Empresas de 10 a 49 trabajadores: 10% de cofinanciación
  • Empresas de 50 a 249 trabajadores: 20% de cofinanciación
  • Empresas de más de 250 trabajadores: 40% de cofinanciación

Las empresas pueden cumplir la cofinanciación de las siguientes formas:

  1. Si el importe total de la factura es superior a la bonificación, la empresa podrá cumplir la cofinanciación con este importe.
  2. Si la bonificación cubre el importe total de la factura, la empresa podrá cumplir la cofinanciación imputando como gasto las horas que el trabajador haya dedicado a la formación en horario laboral.

Contabilización de la factura y obligaciones de las empresas

Todos los gastos de ejecución de las acciones formativas, así como las bonificaciones que se apliquen, deben quedar identificados en cuenta separada o epígrafe específico de la contabilidad bajo la denominación “formación profesional para el empleo”.

Asimismo, se deben conservar los soportes justificativos correspondientes (facturas, nóminas, extractos bancarios, contabilidad, etc.).

El importe de la factura (que suele coincidir con la cantidad bonificable) se podrá bonificar en el mes en el que finalice la acción formativa en adelante, nunca antes, y teniendo como plazo los boletines de cotización del último mes del año en curso. A la finalización del curso, les comunicaremos por correo electrónico cómo y cuándo deben proceder para conseguir la bonificación.

Inspecciones y requisitos de los cursos bonificados por Fundae

Todas las acciones formativas están sujetas a posibles inspecciones durante o después de la realización de las mismas.

Para que la empresa pueda bonificarse del curso, es imprescindible que se cumplan los siguientes requisitos:

  1. El alumno tiene que asistir al 80% de las clases en el caso de los cursos presenciales. En la modalidad online/teleformación será imprescindible realizar al menos el 75% de los controles y tener un tiempo de conexión a la plataforma equivalente al 75% de las horas de la acción formativa. Cálamo&Cran no se hace responsable si la empresa no se bonifica o tiene que devolver el importe de la bonificación porque el trabajador no ha cumplido con este requisito.
  2. Toda la documentación tiene que estar debidamente cumplimentada y enviada a la empresa organizadora (en este caso, Cálamo&Cran) en los plazos establecidos. Cálamo&Cran no se hace responsable si la empresa no se bonifica o tiene que devolver el importe de la bonificación porque el trabajador o la empresa no han entregado alguno de los documentos debidamente cumplimentados y firmados.
  3. La empresa tiene que tener justificado el pago de la factura.
  4. La documentación debe mantenerse por un plazo mínimo de 4 años.

Toda la información de este artículo la tienes disponible en la  web de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo donde te recomendamos que te informes de primera mano si aún tienes dudas. Aunque si lo prefieres, también puedes dejarnos un comentario y te responderemos encantadas.

¿Cuánto se bonifica por curso en FUNDAE?

La bonificación de un curso depende fundamentalmente de dos cosas: de su modalidad y de su carga lectiva (horas que tiene un curso).

Según la normativa que la sustenta, para cuantificar la bonificación de un curso, existen unos límites económicos por hora impartida según la modalidad de la que estemos hablando:

  1. Modalidad presencial (bien presencial en aula física o bien virtual mediante soporte síncrono, es decir, cuando la comunicación se produce en tiempo real): El límite es de 9,00 euros/hora (para formaciones básicas) o 13,00 euros/hora (para formaciones superiores)

  2. Modalidad on line (también llamada teleformación, se refiere a aquella que se realiza totalmente a través de una plataforma virtual asíncrona, es decir, cuando la comunicación NO se produce en tiempo real): El límite es de 7,5 euros/hora

Una vez definidas horas y modalidad, multiplicaremos ambas cuantías para determinar el importe total.

Este importe sería por alumno. Después, se multiplicaría por tantos alumnos que vayan a cursar la formación.

En el caso de un curso que tuviera ambas modalidades, es decir, que fuera una formación mixta, se aplicaría la misma fórmula. Siempre y cuando las horas de las modalidades sean equiparables o la representación de una de ellas no sea inferior del 20% del total de horas. Si este fuese el caso, se entendería que la modalidad sería la que más horas tiene.

Ejemplo 1:

Un curso en modalidad presencial básica con una carga lectiva de 100 horas.

Multiplicaríamos el límite marcado por la modalidad (9,00 euros) por el número de horas (carga lectiva) que tenga el curso (100 horas). De esta manera:

9,00 x 100 = 900,00 euros sería el límite a bonificar de esa formación por alumno.

Ejemplo 2:

Un curso en modalidad mixta, donde 50 horas son presenciales superiores y 50 horas en modalidad on line.

Por un lado, multiplicaríamos el límite marcado por la modalidad presencial (13,00 euros) por el número de horas (carga lectiva) de esa modalidad (50 horas). Por otro lado, haríamos lo mismo con la modalidad on line, y luego lo sumaríamos todo. De esta manera:

13,00 x 50 = 650,00 euros por la parte presencial

7,5 x 50 = 375,00 euros por la parte on line

650,00 x 375,00 = 1.025,00 euros sería el límite a bonificar de esa formación por alumno.

Por supuesto, y al margen de lo comentado, el límite viene determinado también por el crédito que disponga la empresa para consumir a lo largo del año. No pueden consumir más de lo que se le proporciona.

¿Qué es la formación bonificada FUNDAE?

La bonificación a través de la Fundación Estatal para la formación en el empleo (FUNDAE) es una ayuda económica que disponen las empresas por el hecho de cotizar por sus trabajadores asalariados en concepto de formación profesional, quedarían pues excluidos todos aquellos trabajadores autónomos/freelance/por cuenta propia.

Así pues, no se trataría de cursos “gratuitos” o “sin coste”, ya que la empresa debe realizar el pago de los mismos, sin embargo, lo que sí puede es descontarse ese importe en los seguros sociales de año en el que realice la formación.

¿Cómo saber si un curso es bonificable?

Un curso puede ser bonificable si su contenido está relacionado con el perfil del trabajador o suponga una mejora en su puesto de trabajo.

Además, deberá estar compuesta por unos mínimos pedagógicos que garanticen el aprendizaje al alumno, como serían: formador competente y cualificado, carga lectiva adecuada, metodología adaptada y herramientas para la evaluación.

¿Qué formación se puede bonificar?

Toda formación es bonificable siempre que esté relacionada con la actividad, organización o desempeño de una empresa, ya sea específica o trasversalmente. Tendrá como objetivo mejorar su producción o calidad y proporcionará, a su vez, un beneficio para las competencias, destrezas y conocimientos del trabajador que forma parte de ella.

2 Comentarios

  1. Avatar

    Buenas tardes:
    Soy traductora autónoma. Puedo acceder a un curso bonificado? Cuáles son los cursos que puedo hacer?
    Gracias

    Responder
    • Celia Martín

      Hola, Berta. Las bonificaciones por FUNDAE solo pueden aplicarse a trabajadores por cuenta ajena, lo siento.

      Responder

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María Tarriño

Directora de formación Durante 10 años trabajó como correctora profesional. Después creó los primeros manuales de los cursos de Corrección profesional y Corrección de estilo y fue una de las primeras docentes de los cursos.

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